El desarrollo de la tecnología en la actualidad ha provocado una serie de debates y conceptos que hay que abordar más tarde o temprano. La neutralidad tecnológica es uno de ellos. Esta idea no tiene una definición oficial propiamente dicha, así que utilizaremos la más extendida.
La
neutralidad tecnológica, tal y como la define la Wikipedia, es “la libertad de los individuos y las organizaciones de elegir la tecnología más apropiada y adecuada a sus necesidades y requerimientos para el desarrollo, adquisición, utilización o comercialización, sin dependencias de conocimiento implicadas como la información o los datos”.
El principio de neutralidad tecnológica no es una teoría por la que apuestan unos pocos, sino que ya ha sido utilizado a nivel oficial por parte de la Unión Europea, marcando un precedente en el ámbito legislativo.
En el año 1999, la Comisión Europea utilizó
por primera vez el principio de neutralidad tecnológica como un principio de regulación en un documento oficial sobre la revisión del marco normativo de las comunicaciones electrónicas. Queda patente que la lucha por la neutralidad tecnológica no es una cuestión reciente y pasajera, sino una necesidad para un correcto desarrollo de la innovación. La consolidación del principio de neutralidad tecnológica se produjo con la Directiva 2009/140/CE, que modificaba directivas anteriores.
Un par de años más tardes, en noviembre de 2011 el Parlamento Europeo aprobó la resolución del 17 de noviembre de 2011 sobre el internet abierto y la neutralidad de la red en Europa. Esta resolución supuso un toque de atención para las instituciones europeas y sus Estados Miembros se percatasen de la importancia de la neutralidad tecnológica y su regulación, ya que, de no hacerlo, la red se sobrecargaría de información, habría cortes y bloqueos en el servicio de internet y se violaría el derecho a la neutralidad.
En 2013, impulsado por aquella
resolución, la Comisión y el Consejo presentas una
propuesta de Reglamento con el objetivo de conseguir un mercado único de las comunicaciones electrónicas. Tras el paso por los órganos correspondientes y la presentación de enmiendas, se aprobó el texto definitivo del Reglamento del Mercado Único de las Comunicaciones Electrónicas.
El documento final no gustó demasiado ente los defensores de la neutralidad de la red porque consideraban que era demasiado descafeinado y se quejaban de las excepciones que se contemplaban a la hora de altera dicha neutralidad. La legislación de los Estados Unidos es mucho menos permisiva en este aspecto.
Aplicación del principio de neutralidad tecnológica
No sólo hay que abogar por el principio de la neutralidad tecnológica en las más altas esferas de la oficialidad europea. Para que sea una realidad, debe descender en cascada a todos los niveles administrativos y, sobre todo, plasmarse en los productos y servicios que las empresas ofrecen.
Es paradójico que, por ejemplo, en España, todavía haya numerosas plataformas digitales de la administración pública -tanto nacional como regional y local- que, para que un ciudadano pueda comunicarse con la misma, y, sobre todo, para poder identificarse o firmar un documento con un certificado digital, tenga en primer lugar una serie de advertencias del tipo:
- Para poder usar la plataforma, usted que tener instalados XX y XX
- Use sólo el navegador XX
- Solo se admite el formato XX
- Y así, muchas mas…
El concepto de neutralidad tecnológica a nivel de usuario es que cualquier producto o servicio sea accesible a través de cualquier medio, plataforma o sistema operativo, es decir, que una compañía no te obligue a comprar determinado dispositivo móvil para poder hacer uso de su servicio. Esto es algo esencial en una sociedad que aboga siempre por el mayor grado de libertad posible para sus ciudadanos y consumidores.
Además, otra de las características definitorias de la neutralidad tecnológica es su flexibilidad para los cambios futuros, algo lógico y necesario en este mercado donde se producen actualizaciones y mejoras cada muy poco tiempo.